¿Por qué no queremos que Usted, señor Presidente, venda AySA? Porque los Recursos Naturales son nuestros, del Pueblo Argentino. ¡Nunca lo hemos autorizado a venderlos por nosotros!.
Ud. Presidente, debe pensar que la Constitución Nacional (C.N.) es un engendro de los K. Pero no, no es de los K, es un arreglo de su admirado Carlos Menem y su antecesor, Raúl Alfonsín, arreglo conocido como “Pacto de Olivos”. Ese “Pacto de Olivos” fue la génesis de lo que luego fue la Constitución Argentina de 1994, que hoy nos rige. Allí tiene todo escrito, lo que Ud. puede y lo que no puede hacer.
Uno de esos límites es el manejo de los recursos naturales. Los recursos naturales están tratados específicamente en nuestra Constitución Nacional (C.N.) en el Artículo 75, Inciso 22, “Pacto de San José de Costa Rica”, que, por adhesión, la integra. Este Pacto es muy claro, dice: los recursos naturales son Propiedad del Pueblo. Para cualquier cambio de estado debe claramente el Presidente, llamar a un acto de Democracia Directa previsto, consistente en un Plebiscito Vinculante de toda la población de Argentina para saber qué opina el propietario respecto de cualquier cambio de estado.
La fundamentación de los requisitos de la información al pueblo para participar, también están estipuladas por Naciones Unidas y aprobado por Argentina hace muchos años. O sea, es una “Manda Constitucional” ¿Considera Ud. que no tiene que cumplir con esto? Allá Ud, pero sepa que se desprende del texto de la C. N. que Ud. estaría incumpliendo con la Ley.
Y eso sería un delito grave, universal e Imprescriptible. Universal significa que puede ser juzgado en cualquier país de los 193 que lo suscriben, e imprescriptible quiere decir que no tienen límite de tiempo:pueden juzgarlo enseguida, dentro de 5, 20 años o más.
Sobre la venta de AySA, se Informó que se hará una Licitación Pública Nacional e Internacional para vender el 51% de las acciones, y luego rematar el resto que quedaría en manos del Estado. Todo lo del Agua en la región Metropolitana pasaría a ser un “negocio” privado. ¡Todo fuera de la Ley!
Son operaciones en las que Ud. intenta vender lo que no es suyo, cosa que no puede hacer como Presidente, ni sus funcionarios, los que si ponen su firma, serán vulnerables y enjuiciables por vender lo que, constitucionalmente, es propiedad del Pueblo Argentino.
AySA desarrolla su tarea en una superficie de 3.360 Kms², de los cuales solo 200 Kms² corresponden a CABA. El resto es de la Provincia de Buenos Aires. Equivalente proporción se comprueba con los usuarios: 17.300.000 clientes de los cuales dos millones habitan en CABA. No parece equilibrado que la provincia de Buenos Aires no participe en estas decisiones.
La propiedad de los recursos naturales está referida en tres lugares de la C.N. Argentina. A saber: 1) En los Pactos Preexistentes mencionados en el Preámbulo, donde está el Código de Minería de Alberdi, (válido). 2) En el Art. 124 que habla del “Dominio Originario de las Provincias” (válido, pero de mucho menor peso que los Pactos), y 3) En el Pacto de San José de Costa Rica.
Es más, este Pacto se lo puede ver como un factor muy importante para el desarrollo de mucho trabajo de los argentinos en Argentina, porque establece claramente que lo valioso es el Recurso Natural y no los capitales que se empleen para extraerlo: hay muchos más capitales disponibles que recursos naturales para aplicarlos. Esto respalda la idea de que se formen empresas argentinas de capital local para resolver eso, lo cual es totalmente factible como ya lo han demostrado en este país en el siglo pasado el Gral. Enrique Mosconi para el Petróleo y el Gral. Manuel Savio para el Acero.
Noruega hace unos 50 años ha seguido ese camino y condicionó a los que querían sacar el petróleo del Mar del Norte a cederles la tecnología. Y cuando ellos, los noruegos, la dominasen, los solicitantes debían usar las maquinarias y dispositivos noruegos para la explotación. Y así lo hicieron.
Noruega es hoy una potencia tecnológica en petróleo y una potencia financiera con la renta del petróleo, ya que han sido inteligentes. Y la renta petrolera no la mezclaron con las Rentas Generales y han hecho un Fondo Financiero de primera magnitud mundial, para las futuras generaciones de noruegos. Para eso razonaron como el ingeniero argentino Marcelo Diamand, que ha planteado la existencia en Argentina de la «Economía del Stop and Go”, con referencia a los excedentes de divisas del campo por los ciclos agrícolas. “Economía pulsante anualmente” que destruía parcialmente los avances de la industria por subvaluación del dólar, cuando abundaba.
En Europa, otro propietario de las reservas del Mar del Norte, Holanda, no hizo como Noruega y se vio muy afectada. Eso se dio en llamarlo: “Enfermedad Holandesa” que no era nada más que nuestro viejo fenómeno argentino del “Stop and Go”.
Conclusión: cuando el Parlamento habilita al Poder Ejecutivo, sea por acción u omisión, cometió una transgresión constitucional, porque el Parlamento se debe a ella en el sentido que el Agua tiene un régimen protegido como recurso natural en la C.N. y no puede manipularse de ningún modo que no sea para respetar la Propiedad del Pueblo.
Hoy el Parlamento esta en infracción y el Ejecutivo también, ambos por ignorar la manda de la CN. Si no decimos nada, ¿Cómo se entera el Pueblo que lo están violando en sus Derechos? Proteger esos Derechos es función central del Gobierno Nacional. Función básica de los militantes y los periodistas, es contarle al Pueblo lo que el Gobierno no hace.
* Ingeniero UBA. (MP25M-IESO-CEEN-APDH)